NUEVOS CURSOS 2014 EN ADELANTE
CURSO ENFERMERIA EN SALUD OCUPACIONAL (SALUD LABORAL)
CURSO GESTION DE SERVICIOS DE ENFERMERIA DOMICILIARIA
==> ENCUENTROS BIMESTRALES, 5: 1 cada 2 meses
ENFERMERIA: ASPECTOS BIOETICOS Y JURIDICOS
miércoles, 23 de julio de 2014
sábado, 12 de octubre de 2013
CURSOS DE
ENFERMERIA LEGAL (NIVEL I), ENCUENTROS BIMESTRALES, 5: 1 cada 2 meses
ENFERMERIA FORENSE (NIVEL II), ENCUENTROS BIMESTRALES, 5: 1 cada 2 meses
LUGAR DE CURSADA:
Ciudad de Buenos Aires / Zona Congreso
Pte. Luis Sáenz Peña 352 3º Piso "A"
C1110AAF - Ciudad de Buenos Aires - Argentina
Martes y miércoles de 10.30 a 12 y de 14 a 18 horas y viernes de 10.30 a 12 horas
Telefax: (54-11) 4381-0543 ///
ENFERMERIA LEGAL (NIVEL I), ENCUENTROS BIMESTRALES, 5: 1 cada 2 meses
ENFERMERIA FORENSE (NIVEL II), ENCUENTROS BIMESTRALES, 5: 1 cada 2 meses
LUGAR DE CURSADA:
Ciudad de Buenos Aires / Zona Congreso
Pte. Luis Sáenz Peña 352 3º Piso "A"
C1110AAF - Ciudad de Buenos Aires - Argentina
Martes y miércoles de 10.30 a 12 y de 14 a 18 horas y viernes de 10.30 a 12 horas
Telefax: (54-11) 4381-0543 ///
Para información sobre cursos: secretaria@slass.org
Por otras consultas: slass@slass.org
Etica del cuidado
Ética del cuidado Se
define cuidado como la preocupación por el compromiso y el deseo de
actuar por el beneficio de las personas con las que se tiene una
relación estrecha. Establece que en muchas relaciones humanas las
condiciones no son equitativas y que para que la respuesta moral sea
deseable, lo importante es atender las necesidades humanas y no tanto
respetar estrictamente sus derechos. Así, es necesaria una
identificación con el sujeto en toda relación moral.
La ética del cuidado le otorga a las emociones un papel moral, basándose en que tener una actitud emocional determinada y expresar la emoción apropiada es moralmente relevante. Los agentes morales deben tener en cuenta también los sentimientos de las personas con las que se interactúa, pensando en sus necesidades y circunstancias.
La ética del cuidado le otorga a las emociones un papel moral, basándose en que tener una actitud emocional determinada y expresar la emoción apropiada es moralmente relevante. Los agentes morales deben tener en cuenta también los sentimientos de las personas con las que se interactúa, pensando en sus necesidades y circunstancias.
Derechos-código de ética
Con
la Declaración Universal de Derechos Humanos y en vista que la relación
médico/paciente se ha modificado, de una relación de carácter
paternalista se ha pasado a otra de "Autonomía", dando origen a nuevos y
diferentes problemas en la práctica diaria a los que trata de dar
respuesta la BIOÉTICA.
La sociedad y los individuos reivindican y exigen, a través de "la defensa de los consumidores", y "derechos de los pacientes", una relación adulta, de personas que mutuamente se necesitan y respetan. De este contexto histórico surge la 1ª Carta de Derechos del paciente (1973) que de alguna manera viene a salvaguardar la autonomía del enfermo frente al hospital.
En relación con lo anterior se establece un Código de ética del CIE orienta a las enfermeras en sus opciones de cada día y sostiene su negación a participar en actividades contrarias a la prestación de cuidados y a la curación.
La sociedad y los individuos reivindican y exigen, a través de "la defensa de los consumidores", y "derechos de los pacientes", una relación adulta, de personas que mutuamente se necesitan y respetan. De este contexto histórico surge la 1ª Carta de Derechos del paciente (1973) que de alguna manera viene a salvaguardar la autonomía del enfermo frente al hospital.
En relación con lo anterior se establece un Código de ética del CIE orienta a las enfermeras en sus opciones de cada día y sostiene su negación a participar en actividades contrarias a la prestación de cuidados y a la curación.
- Aplicación de la ética del cuidado en el quehacer profesional de enfermería:
Según
Ivone Evangelista Cabral (Brasil), cuidar y educar es un compromiso
ético de las enfermeras que tienen como objetivo promover la vida. Su
actuación alerta a nosotros que la salud física y mental es importante
para la auto realización del ser humano. De este modo: "CUIDANDO DE TI,
TENGO LA OBLIGACIÓN MORAL DE ENSENARTE A CUIDAR DE TI MISMO, A LO MEJOR
QUE YO QUIERA MANTENERTE EN LA DEPENDENCIA DE MI SABER, DE MI PODER; LO
QUE SERÍA AL REVÉS DE LA PROPIA DEFINICIÓN DEL CUIDAR".
En
base a lo anterior y considerando los principales valores éticos
(empatía, responsabilidad y confianza, entre otros) es que está
enmarcado nuestro quehacer como enfermeras.
- AMPLIACION DE CONOCIMIENTOS: La controversia Kohlberg-Gilligan (ética de la justicia- ética de los cuidados)
Hay
diversas teorías de ética de los cuidados, pero en este texto se
referirá de forma especial a Carol Gilligan, quien elaboró un cuadro del
desarrollo moral en el ámbito de la ética del cuidado que corresponde
en grandes líneas al cuadro que propuso Kohlberg en el ámbito de la
ética de la justicia. Aunque formalmente los tres niveles de desarrollo
que propone Gilligan se estructuran sobre la dinámica de los de
Kohlberg, su contenido es muy diferente. Esto tiene que ver con las
diferencias básicas entre estas éticas: ambas defienden la igualdad,
pero la ética de la justicia pone el acento en la imparcialidad y la
universalidad, lo que elimina las diferencias, mientras que la del
cuidado pone el acento en el respeto a la diversidad y en la
satisfacción de las necesidades del otro. Los individuos de la ética de
la justicia son formalmente iguales, han de ser tratados de modo
igualitario, los de la ética del cuidado son diferentes e irreductibles y
no deben ser dañados.
jueves, 10 de octubre de 2013
ENFERMERÍA LEGAL
DEFINICIÓN.-
Es la especialidad
que encuadrada en las normas jurídicas vigentes, con métodos, técnicas y
procedimientos específicos, trata de dar respuesta a las cuestiones profesionales
de enfermería que se plantean en el ámbito del Derecho.
Es la rama de la enfermería que efectúa el
estudio teórico y práctico de conocimientos de administración, clínicos,
biológicos y terapéuticos necesarios para la resolución de problemas jurídicos
y administrativos, con aplicación en
dichas cuestiones.
El Objetivo de la Enfermería Legal
es el asesoramiento sobre cuestiones teóricas y prácticas referidas a casos
concretos planteados en el ámbito jurídico (Fueros Civil, Penal y del Trabajo)
y administrativo, o sea aportar juicios esclarecedores para la administración
de justicia.
El Método utilizado es el Inductivo – Deductivo[1].
Inductivo por la observación en donde se obtienen generalizaciones a partir de
ella (o sea, va desde lo específico a lo general). Deductivo porque se puede llegar a
predicciones específicas a partir de principios generales (o sea, va desde lo general
a lo específico).
La Enfermería Legal, como lo dijimos anteriormente, es una especialidad. No
es una rama ni del Derecho ni de la
Medicina, porque quien la ejerce debe ser licenciado en
Enfermería. Tampoco es Enfermería Asistencial
porque no previene ni aplica terapéutica alguna, sino que expone, analiza,
ilustra y asesora al lego sobre cuestiones de la profesión con lenguaje claro,
comprensible y preciso.
[1] En
el Razonamiento INDUCTIVO la
calidad de los conocimientos obtenidos depende del grado de representatividad
de los ejemplos específicos utilizados como base para las generalizaciones. Por
su parte, en el razonamiento DEDUCTIVO
el conocimiento alcanzado depende de la veracidad de las generalizaciones
previas (premisas).
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