jueves, 10 de octubre de 2013



ENFERMERÍA LEGAL

DEFINICIÓN.-
                         
                          Es la especialidad que encuadrada en las normas jurídicas vigentes, con métodos, técnicas y procedimientos específicos, trata de dar respuesta a las cuestiones profesionales de enfermería que se plantean en el ámbito del Derecho.

Es la rama de la enfermería que efectúa el estudio teórico y práctico de conocimientos de administración, clínicos, biológicos y terapéuticos necesarios para la resolución de problemas jurídicos y  administrativos, con aplicación en dichas cuestiones.

El Objetivo de la Enfermería Legal es el asesoramiento sobre cuestiones teóricas y prácticas referidas a casos concretos planteados en el ámbito jurídico (Fueros Civil, Penal y del Trabajo) y administrativo, o sea aportar juicios esclarecedores para la administración de justicia.
      
El Método utilizado es el InductivoDeductivo[1]. Inductivo por la observación en donde se obtienen generalizaciones a partir de ella (o sea, va desde lo específico a lo general).  Deductivo porque se puede llegar a predicciones específicas a partir de principios generales (o sea, va desde lo general a lo específico).

La Enfermería Legal, como lo dijimos anteriormente, es una especialidad. No es una rama ni del Derecho ni de la Medicina, porque quien la ejerce debe ser licenciado en Enfermería.  Tampoco es Enfermería Asistencial porque no previene ni aplica terapéutica alguna, sino que expone, analiza, ilustra y asesora al lego sobre cuestiones de la profesión con lenguaje claro, comprensible y preciso.


[1] En el Razonamiento INDUCTIVO la calidad de los conocimientos obtenidos depende del grado de representatividad de los ejemplos específicos utilizados como base para las generalizaciones. Por su parte, en el razonamiento DEDUCTIVO el conocimiento alcanzado depende de la veracidad de las generalizaciones previas (premisas).

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